En los Edificios y Conjuntos se viene incrementando exponencialmente el ingreso de domiciliarios, trayendo consigo un riesgo de ingreso de personas no identificadas claramente a la comunidad, por tal motivo a continuación nos permitimos recomendar algunas normas para el ingreso de domiciliarios:

  • Los Domiciliarios son los Servicios de Lavandería, Droguería, Tienda, Supermercado, manicure, y domiciliarios.
  • El domiciliario es un visitante y requiere de identificarse antes de su autorización, debe presentar un documento de identidad.
  • Todo Domiciliario debe ser anunciado.
  • Si el conjunto cuenta con chaleco, banderín, o ficha, éste debe portarlo en todo momento.
  • El domiciliario a su ingreso debe leer y conocer las normas del Conjunto Residencial.
  • El domiciliario no puede ir a unidades Residenciales diferentes a las que fue anunciado.
  • El domiciliario debe firmar el aviso de privacidad de la coopropiedad.
  • El domiciliario no puede ingresar acompañado.
  • El domiciliario no puede ingresar con bicicleta.
  • El domiciliario no puede ingresar con la cabeza cubierta, debe quitarse el casco y la gorra para su plena identificación.
  • El domiciliario no puede repartir publicidad debajo de las puertas.
  • El domiciliario solo puede ser anunciado a un máximo de 3 unidades residenciales.
  • Se revisarán paquetes y maletas a la salida de los domiciliarios.
  • Todos los domicilios deben identificarse y presentar un documento de identidad para ingresar a la instalación.

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