El manejo de residuos y basuras adecuado mejora la convivencia de las comunidades pero en el caso contrario el Código Nacional de Policía y Convivencia, impone sanciones en los siguientes casos:

Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio o en lugar diferente al de residencia, genera como medida correctiva la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura, genera como medida correctiva la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Arrojar residuos sólidos y escombros en sitios de uso público, no autorizados por autoridad competente, genera como medida correctiva la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Esparcir en el espacio público o zonas comunes el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección, genera como medida correctiva la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Dejar las basuras esparcidas fuera de sus bolsas o contenedores una vez efectuado el reciclaje, genera como medida correctiva la participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.
Disponer inadecuadamente de animales muertos no comestibles o partes de estos dentro de los residuos domésticos, genera como medida correctiva la amonestación.
Dificultar la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros, sin perjuicio de la actividad que desarrollan las personas que se dedican al reciclaje, genera como medida correctiva la amonestación.
Arrojar basura, llantas, residuos o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado, genera como medida correctiva multa de 32 salarios mínimos diarios (smdlv).
Propiciar o contratar el transporte de escombros en medios no aptos ni adecuados, genera como medida correctiva multa de 16 salarios mínimos diarios (smdlv).
Improvisar e instalar, sin autorización legal, contenedores u otro tipo de recipientes, con destino a la disposición de basuras, genera como medida correctiva multa de 8 salarios mínimos diarios (smdlv).
Transportar escombros en medios no aptos ni adecuados, genera como medida correctiva multa de 8 salarios mínimos diarios (smdlv).
No recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada, genera como medida correctiva multa de 32 salarios mínimos diarios (smdlv) por cada hora de retraso.
Arrojar en las redes de alcantarillado, acueducto y de aguas lluvias, cualquier objeto, sustancia, residuo, escombros, lodos, combustibles y lubricantes, que alteren u obstruyan el normal funcionamiento, genera como medida correctiva multa de 32 salarios mínimos diarios (smdlv).
Permitir la presencia de vectores y/o no realizar las prácticas adecuadas para evitar la proliferación de los mismos en predios urbanos, genera como medida correctiva multa de 8 salarios mínimos diarios (smdlv).
No permitir realizar campañas de salud pública para enfermedades transmitidas por vectores dentro de los predios mencionados en el anterior inciso, genera como medida correctiva multa de 8 salarios mínimos diarios (smdlv).
Las personas deberán empacar y depositar, en forma separada, los materiales tales como papel, cartón, plástico y vidrio, de los demás desechos, con lo cual deberán adoptarse medidas para estimular el reciclaje y manejo de residuos sólidos.

Deja un comentario